Giménez (TS) cree que hay que “tolerar” los escraches y rechaza “la fascinación por su panpenalización”
Llama a trazar “una línea roja” entre estas protestas de los antidesahucios y “el marcaje” del entorno de ETA a cargos públicos
BILBAO, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -El magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Giménez ha afirmado que hay que “tolerar” los ‘escraches’ de las personas que “se acerquen a los domicilios” de los cargos públicos para realizar protestas y que lo hagan “en la calle”, y ha rechazado “la fascinación por su ‘panpenalización'”. Además, ha realizado un llamamiento a trazar “una línea roja” entre estas protestas de los antidesahucios y “el marcaje” que ha realizado el entorno de ETA a políticos e integrantes de otros colectivos en Euskadi.
Durante su intervención en unas jornadas celebradas por el sindicato ErNE en el Palacio Euskalduna de Bilbao sobre el modelo policial, Giménez –que fue presidente de la Audiencia Provincial de Bizkaia y apareció en las listas de objetivos de ETA– ha emplazado a señalar “una línea roja entre lo que ha sido el marcaje a personas concretas en el País Vasco hasta hace cuatro días” por el entorno de la banda armada y los ‘escraches’.
En este sentido, ha destacado que, “detrás de los que insultaban y amenazaban” a políticos, jueces, empresarios u otros colectivos en Euskadi, “estaba y está ‘el primo de zumosol'”, en alusión a ETA.
Por ello, ha destacado que los actos de protesta de las plataformas antidesahucios “no tienen nada que ver” con este tipo de hechos.
Además, ha hecho suyas las reflexiones sobre los ‘escraches’ del presidente del Tribunal Supremo, Gonzalo Moliner, que ha asegurado que son “un ejemplo de la libertad de manifestación”, en tanto “no sean violentos, como no lo son”.
Joaquín Giménez ha considerado que debe ser “tolerada” la manifestación de unas personas que se acercan al domicilio de un cargo público, “pero en la calle”, que tratan de canalizar su “malestar y el deseo de buscar una solución” al tema de las hipotecas ante “crispación social seria” que se vive en torno a esta cuestión.
A su juicio, existe el riesgo de que “pueda haber una sensación de impunidad por la masa” porque “no es lo mismo que haya 30 que 400, y que alguien pueda decir ‘asesino’, y a partir de ahí, alguien lance una piedra”.
“En esto hay que tener las cosas muy claras. Un cosa son las coacciones, que están dentro del Código Penal, pero esa fascinación con la ‘panpenalización’ de que todos los ‘escraches’ son coacciones, pues no, de ninguna manera”, ha destacado.
UN NUEVO FENÓMENO
El letrado del Tribunal Constitucional Xabier Arzoz ha afirmado que “los límites a la libertad de expresión y de manifestación, y los del derecho a la intimidad están recogidos en el Código Penal” y ha indicado que todo lo que no rebase lo que éste prohíbe, como son las amenazas, las coacciones o acto intimidatorios, “está amparado por el derecho de manifestación y de expresión”.
A su juicio, la fórmula que buscó, en un principio, la Ertzaintza de establecer un perímetro de 300 metros de los domicilios de los cargos públicos contra los que se protestan, ha considerado que “es una forma de conciliar el derecho de reunión con el de la vida privada o familiar de los objetivos de los ‘escraches'”. “Es una forma de conciliación que es válida, pero no es la única válida o que se pueda elevar a categoría legal”, ha añadido.
En este sentido, ha destacado que “no hay una norma que haya concretado los límites del derecho a la libertad de reunión y del derecho a la vida privada de las personas”.
A su entender, no hay que impedir derechos fundamentales, sino conciliarlos. Además, ha indicado que el de los ‘escraches’ es un fenómeno nuevo también el País Vasco, que no se tienen que asociar “con otros que ha habido con características totalmente distintas” vinculados al terrorismo, “que incluían, destrucción de bienes, etc, o señalamientos que luego tenían consecuencias letales”.
Por ello, ha insistido en que se trata de “un fenómeno nuevo”, cuya forma de actuar “no se ha concretado del todo”, pero ha considerado que, con la legislación actual en la mano y el Código Penal, no debe presentar “problemas esenciales”.
RESOLUCIONES DE INTERIOR
Por su parte, el presidente del TSJPV, Juan Luis Ibarra, ha manifestado que las dos resoluciones dictadas por el Departamento de Seguridad del Gobierno vasco, en las que se ponían limitaciones a los ‘escraches’ que se intentaban celebrar ante los domicilios de cargos públicos del PP, han establecido “el marco”.
Según ha precisado, el perímetro de los 300 metros no es “el marco”, sino que “se saque a relucir que a la administración gubernativa le corresponde preservar la seguridad de las personas y los bienes”, tras reconocer “el derecho” de las personas que quieren protestar, que sólo deben comunicar la celebración de sus movilizaciones a la Ertzaintza.
En este sentido, ha apuntado que “la preservación de la seguridad de las personas no sólo comprende la seguridad en el sentido físico, sino también en el sentido más profundo, que es la seguridad en el patrimonio de sus derechos fundamentales”. “Las personas, en su patrimonio, tienen el derecho a la intimidad de la vida cotidiana y es pertinente poner en juego ese derecho y hay que articularlo con el derecho de manifestación”, ha añadido.
De esta forma, ha indicado que la Ertzaintza, teniendo en cuenta esos dos derechos, ha procedido a modificar el recorrido hasta el cruces de ciertas calles, sin que se llegara a la distancia de 300 metros, que sólo era “un ejemplo”.
En este sentido, ha recordado que la Sala de lo Contencioso-administrativo ha respaldado las resoluciones del Departamento de Seguridad.
Además, el Fiscal Superior del País Vasco, Juan Calparsoro, ha subrayado que las manifestaciones ante los domicilios particulares de los cargos públicos supone entrar en el terreno de la colisión entre derechos, cuando las protestas se pueden realizar en otros lugares.
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